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Seguro Desgravamen Doble Protección

Beneficios

  • Seguro de vida que ofrece un plan de protección al asegurado, permitiéndole ampliar la cobertura del actual seguro de desgravamen, debido a la incorporación de un seguro de vida en que los beneficiarios serán los que designe el propio asegurado.

Descripción

  • Cobertura Fallecimiento Desgravamen: En caso de fallecimiento del asegurado por muerte natural, muerte accidental o suicidio (cubierto desde el primer día de la vigencia individual), se pagará el saldo insoluto del capital reajustado de la deuda a la fecha de fallecimiento del deudor, sobre la base de un servicio regular de la deuda a la fecha señalada, adicionando intereses normales y moratorios hasta la fecha de pago efectivo, comisión de prepago en su caso, y gastos operacionales cuando corresponda.
  • Cobertura Adicional (Extensión de la Cobertura) Cobertura Vida, asociado al crédito: En caso de fallecimiento del asegurado por muerte natural, muerte accidental o suicidio (cubierto desde el primer día del segundo año de la cobertura individual),El (o los) beneficiario(s) designados recibirán el capital asegurado, equivalente al 30% del monto inicial del crédito, una vez acreditado el fallecimiento del asegurado.

Seguro intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La Compañía que asume los riesgos es MetLife Chile Seguros de Vida S.A. condiciones depositadas en la S.V.S bajo los códigos POL 2 09 082 y POL 2 09 088. Oferta válida hasta el 31/12/2012.

Requisitos

  • EDAD MÁXIMA DE INGRESO: Al momento de contratar el crédito, la edad del asegurable sumada al plazo total del crédito debe ser inferior a 75 años y 364 días de edad.

    Plazo del Crédito en Meses

    Edad Máxima a la Fecha de Otorgamiento del Crédito

    01 – 12

    74 años 364 días

    13 – 24

    73 años 364 días

    25 – 36

    72 años 364 días

    37 – 48

    71 años 364 días

    49 – 60

    70 años 364 días

    61 - 72

    69 años 364 días

  • Todos los deudores cuyos cúmulos de capital asegurado entre la cobertura de desgravamen y vida excedan las UF 1.300, serán evaluados según los requisitos de selección, especificados en la siguiente Tabla:

    Capital Individual

    Hasta 59 años y 364 días

    De 60 años y hasta 69 años y 364 días

    Desde 70 años y hasta 74 años y 364 días

    0 a 1.300 UF

    --

    --

    A

    1.301 a 2.000 UF

    A

    A

    A

    2.001 a 2.500 UF

    A

    B

    B

    2.501 a 3.000 UF

    B

    B

    B

    3.001 a 3.500 UF

    B

    C

    C

    3.501 a 4.000 UF

    C

    D

    D

    4.001 a 12.000 UF

    D

    D

    D

    12.001 a 20.000 UF

    E

    E

    E

  • Donde:
    1. Declaración Personal de Salud Completa (DPS).
    2. Cuestionario y Examen Médico + Test Urinario Completo + ECG (Electrocardiograma).
    3. Cuestionario y Examen Médico + Test Urinario Completo + ECG + Perfil Bioquímico + HIV.
    4. Cuestionario y Examen Médico + Test Urinario Completo + Perfil Bioquímico + Perfil Lipídico + HIV + ECE (Electrocardiograma de Esfuerzo) + RX Tórax (Radiografía Tórax).
    5. Cuestionario y Examen Médico + RX Tórax + EC reposo y esfuerzo + Perfil Seguro (Orina Completa, HIV, Glicemia, Nitrógeno Ureico, Creatinina, Fosfatasa Alcalina, Bilirrubina Total, Transaminasa Glutámico Pirúvica, Transaminasa Glutámico Oxalocética, Gamma-glutamil Transpeptidasa, Proteínas, Albúminas, Colesterol Total, HDL, Triglicéridos, Antígeno Prostático) + Cuestionario Financiero o copia de la aprobación con las firmas del Comité del Banco Contratante con los detalles del estado de situación económico financiera.
  • Firma de Declaración Personal de Salud (DPS) : Se exige DPS Simple al deudor, dependiendo del monto del crédito y de acuerdo a la siguiente política:

    Requiere DPS

    No Requiere DPS

    Edad > 69 años y 364 días

    Edad ≤ 69 años y 364 días

    Cúmulos de capital asegurado de la cobertura desgravamen y vida > UF 1.300

    Cúmulos de capital asegurado de la cobertura desgravamen y vida < UF 1.300

  • EDAD MÁXIMA DE PERMANENCIA: La cobertura finalizará cuando el Asegurado cumpla los 75 años y 364 días de edad, tras lo cual el crédito quedará desprotegido de las coberturas de desgravamen y vida.

Exclusiones

Este seguro no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del Asegurado fuere causado por:

  • a) Cobertura Fallecimiento Desgravamen:
    • Pena de muerte o por participación del Asegurado en cualquier acto delictivo.
    • Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por quien pudiere verse beneficiado por el pago de la cantidad asegurada.
    • Participación activa del Asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella; en guerra civil, dentro o fuera de Chile; o en motín o conmoción contra el orden público dentro o fuera del país; o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
    • Situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales; cualquier enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia, padecimiento o problema de salud en general que afecte al Asegurado y que haya sido conocido o diagnosticado, con anterioridad a la fecha de la suscripción de la propuesta o solicitud de incorporación a la póliza.
  • b) Cobertura de Vida, Asociada al Crédito:
    • Suicidio. No obstante, la Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado a los Beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido un (1) año completo e ininterrumpido desde la fecha de incorporación del asegurado, desde su rehabilitación o desde el aumento de capital asegurado. En éste último caso el plazo se considerará sólo para el pago del incremento del capital asegurado.
    • Pena de muerte o por participación del Asegurado en cualquier acto delictivo.
    • Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un Beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
    • Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
    • Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
    • Situaciones o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales; cualquier enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia, padecimiento o problema de salud en general que afecte al Asegurado y que haya sido conocido o diagnosticado, con anterioridad a la fecha de la suscripción de la propuesta o solicitud de incorporación a la póliza.
    • Para ambas coberturas queda expresamente establecido que la exclusión de situaciones o enfermedades preexistentes, no será aplicable respecto de aquellos asegurados que de conformidad al artículo Requisitos de Asegurabilidad, se encuentran liberados de completar una Declaración Personal de Salud (DPS), esto es, aquellos deudores cuyo cúmulo de capital asegurado en las dos cobertura de esta póliza, no superen las 1.300 UF y cuya edad sea inferior a 69 años y 364 días.
  • De ocurrir el fallecimiento del Asegurado debido a alguno de los hechos o circunstancias antes señaladas en las letras a) y b) precedentes, se entenderá que no existe cobertura para el caso en particular, y producirá el término del seguro para dicho Asegurado, no existiendo obligación de indemnización alguna por parte de la Compañía Aseguradora. Conforme a lo anterior, y por su naturaleza, la póliza seguirá vigente para todos los efectos con respecto a los demás Asegurados.

Cómo Utilizarlo

En caso de siniestro, el asegurado o cualquier familiar directo deberá dar aviso en cualquier sucursal de BancoEstado a cualquier ejecutivo o en el mesón de atención de clientes, en un plazo máximo de 240 días y a su vez presentar la siguiente documentación:


  • Certificado de defunción del Asegurado con indicación de la causa de muerte.
  • Certificado de nacimiento del Asegurado (en caso que la fecha de nacimiento no aparezca indicada en el certificado de defunción).
  • En caso de muerte accidental o suicidio, copia del parte policial.
  • Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado por ambos lados.
  • Fotocopia de cédula de identidad del o de los beneficiarios por ambos lados.

Importante: La Compañía podrá solicitar cualquier otro antecedente relevante, para la liquidación del siniestro.

Los clientes que cuentan con un Seguro vigente contratado con BancoEstado, pueden solicitar una copia de su póliza o certificado de cobertura en cualquier sucursal BancoEstado a lo largo del país, o llamando al FonoSeguros 600 660 1212.